OPINIÓN

¿Qué es el Registro de matrimonio del Consulado de México?

El Consulado General de México en Phoenix, ofrece el servicio para aquellas parejas donde ambos contrayentes sean mexicanos.

Jorge Mendoza Yescas
Cónsul General de México en Phoenix
Fachada del Consulado General de México en Phoenix.

El matrimonio civil es la formalización ante la ley de una unión entre dos personas para formar una comunidad de vida en el marco de la ley. Su registro tiene como finalidad proteger el patrimonio de la familia y organizar la administración de los bienes producto del trabajo y la vida en conjunto. El Consulado General de México en Phoenix, ofrece el servicio para aquellas parejas donde ambos contrayentes sean mexicanos.

El servicio de recepción de documentos se otorga de 8:00am a 12:00pm de lunes a viernes sin necesidad de hacer cita. La dirección es en el 320 E. McDowell Rd, Suite 105 en Phoenix, Arizona, 85004. Ese día, una vez acreditados los requisitos, se agenda una cita para realizar la celebración del enlace. Para tal efecto se requiere presentar en original y dos copias:

  1. Prueba de nacionalidad mexicana de ambos contrayentes, con acta de nacimiento o pasaporte mexicano o matrícula consular o carta de naturalización.
  2. Solicitud. Se le otorgará una copia en el Consulado o la puede descargar en la página https://consulmex.sre.gob.mx/phoenix/
  3. Identificaciones oficiales vigentes de todos los participantes, es decir, de los contrayentes y dos testigos por cada contrayente.
  4. Capitulaciones según el régimen de matrimonio que se elija: separación de bienes o sociedad conyugal.
  5. Certificado de salud firmado por médico titulado en el que se asegure bajo protesta de decir verdad que los contrayentes no padecen enfermedad crónica e incurable que sea contagiosa y/o hereditaria.
  6. En caso de que alguno de los contrayentes sea viudo o divorciado, deberá presentar acta de defunción o divorcio mexicana u homologada en caso de haber sido casado en México y divorciado en Estados Unidos.
  7. Pago de los derechos correspondientes por $47usd.

Para contraer matrimonio bajo el régimen de separación de bienes, se deberá presentar un inventario de los bienes y deudas de cada contrayente. En dicho régimen, cada uno de los cónyuges conservará la propiedad y administración de los bienes que respectivamente les pertenecen y no serán comunes, sino de dominio exclusivo de cada uno de ellos.

En cambio, cuando los contrayentes elijen hacer el convenio de sociedad conyugal, los bienes serán propiedad de ambos y administrados por común acuerdo. La sociedad conyugal puede comprender bienes y deudas previas al matrimonio si así lo deciden.

Con gusto atenderemos sus dudas en el correo registrocivilpho@sre.gob.mx o llamando al 602 296 5279. Se recomienda que se acerque al Consulado antes de realizar el trámite y que sea una decisión que debe tomarse bien informado. 

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